Divorcio Incausado en el Estado de México.
Marco Teórico
Antecedentes:
El matrimonio se refiere a
la unión ante el estado civil de dos personas con la finalidad de llevar una
vida en conjunto respetando los derechos y obligaciones como ciudadanos. (Rodríguez.
G, 2003) Para la existencia de un divorcio, es necesario se disuelva el vínculo
del matrimonio y para que esto suceda debe hacerse de una forma legal, es
decir, no basta con una separación o un acto comprendido por palabras. (Chávez.
M, 2016)
En un inicio, el estado ante
la preocupación de la estabilidad de la familia, permitía únicamente la
disolución del vínculo conyugal en casos
verdaderamente graves expresamente señalados por la ley, ya que se comprendía
que las persona son unían sus vidas para posteriormente separarse. (Chávez. M,
2016) (Legislatura del Estado de México,
2016)
Debido al aumento de las
causas de divorcio como lo son la falta de comunicación, infidelidad, problemas
económicos, violencia, etc. y su complejidad al comprobarlas. Se decide a
partir del 3 de mayo del año 2012
reformar la ley para evitar daños graves en los cónyuges, hijos y
patrimonio. Es como se modifica el Código Civil del Estado de México derogando
el artículo 4.90 y quedando de la
siguiente manera:
Artículo 4.88 El divorcio
disuelve el matrimonio y deja a los cónyuges en aptitud de contraer otro.
Artículo 4.89. El divorcio
se clasifica en incausado, voluntario, administrativo y notarial. Es incausado
cuando cualquiera de los cónyuges lo solicita sin que exista necesidad de
señalar la razón que lo motiva y es voluntario cuando se solicita de común
acuerdo.
Artículo 4.90 Derogado
(publicado en la Gaceta Oficial del Estado de México el 3 de mayo de 2012).
Posteriormente, de acuerdo a
la publicación en la Gaceta Oficial, el 14 de marzo de 2016 se reforma el
artículo 4.91 del Código Civil del Estado de México: El divorcio
podrá pedirse por
uno de los
cónyuges, con la
sola manifestación de la
voluntad de no querer continuar con el matrimonio.
Es así como queda
establecido este tipo de divorcio en el Estado de México, en donde ahora solo
es necesario que uno de los cónyuges no quiera permanecer en unión matrimonial.
A efecto de realizar este trámite es necesario seguir los pasos que se explican
en el Código de Procedimientos Civiles del Estado de México y continuar con las
etapas respectivas a dicho procedimiento.
Etapas del proceso:
1. Que exista voluntad de
uno de los cónyuges para quererse divorciar
2. Interponer solicitud de
divorcio ante el tribunal del Poder Judicial del Estado de México que sea competente
de acuerdo a materia y domicilio (Puede auxiliarse con los formatos del
tribunal, o en su caso con abogado de oficio o particular)
3. La solicitud debe
contener al menos la manifestación de quererse divorciar, acompañándose de acta
de matrimonio, acta de nacimiento en caso de existir hijos, propuesta de
convenio, opcionalmente podrá solicitarse la aplicación de medidas
precautorias.
3.1 La propuesta de convenio
debe contener en su caso designación sobre guarda y custodia de los hijos,
alimentos, régimen de visitas y convivencia, patria potestad de los menores, cónyuge
que continuará habitando el domicilio conyugal.
3.2 A la solicitud deberá de
acompañarse copias de la solicitud y documentos exhibidos para correr traslado
al cónyuge al cual se le está solicitando el divorcio para que pueda contestar
o manifestar lo que el considere necesario.
4. De no requerir ninguna aclaración
por parte del juez con la solicitud se avisará al otro cónyuge, y de ser
necesario resolverá sobre las medidas precautorias, señalando fecha y hora para
la audiencia de avenencia (no antes de 9 días y no más de 15 días a partir de
que se avise al otro cónyuge)
5. En caso de no reconciliarse
en la primera audiencia de avenencia, citará una segunda audiencia y en caso de
tampoco llegar a una conciliación verificará las propuestas de convenio, de existir
acuerdo entre las partes lo tomará como definitivo, ordenando el divorcio y en
su caso, la terminación de la sociedad conyugal.
* En caso de no existir
acuerdo respecto a las situaciones de los hijos se continua con el
procedimiento para dichas cuestiones. Pero el trámite de divorcio estará
concluido.
Supero Interesante
ResponderBorrarSí,la verdad! ya se puede sin necesidad de que el otro tenga que dar autorización
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